
EL PAIS: El Consejo de Ministros aprobó ayer una contundente reforma del Código Penal de 1995, el de la democracia, para dar respuesta a las demandas sociales de mayor dureza en todos los niveles contra la delincuencia y el terrorismo. La elevación de penas, junto a la aplicación de la doctrina Parot, que permite extender las condenas hasta el límite de 30 años de cumplimiento efectivo, juegan a favor de que el Código Penal pueda llegar a alcanzar niveles de dureza difícilmente superables.
Los principales cambios y novedades del Código Penal
- Libertad vigilada para violadores y terroristas. El juez podrá decretar que, una vez agotada la condena, se cumplan hasta 20 años de libertad vigilada, lo que incluye medidas especiales como la de estar siempre localizable, n
o poder acercarse ni comunicarse con su víctima, no desempeñar determinadas actividades, no acudir o vivir en determinados lugares, obligación de participar en progra
mas formativos... El juez puede imponer también el seguimiento con dispositivos electrónicos.- Imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo más graves. Aquellos que han causado muerte, lesiones graves o secuestros no prescribirán.
- Endurecimiento de los delitos co
ntra la libertad sexual. Se tipifican nuevos delitos como el de captación de menores para participar en espectáculos pornográficos y se incorpora la figura del cliente en el delito de prostitución cuando la relación afecte a menores. Además, se prevé la privación de la patria potestad y se endurece el acceso al tercer grado penitenciario. Y se agrava la pena cuando la víctima se encuentre en total indefensión o sea menor de cuatro años.- Asociación delictiva de carácter transitorio. Esta nueva figura castiga a quien se agrupa, aunque sea de forma provisional, para delinquir.
- Piratería. Se introduce este nuevo tip
o penal que se c
astiga con entre 10 y 15 años de prisión.- Trata de seres humanos. Se tipifica como un d
elito autónomo que se castigará con penas de entre cinco y ocho años de prisión. Trata de penar la explotación de personas con fines laborales (incluida la esclavitud) o sexuales o para extraer sus órganos corporales.- Corrupción entre particulares. Los directivos o empleados de empresas particulares que ofrezcan o acepten sobornos serán condenados con penas de cárcel de seis meses a cuatro años.
- Mayor pena por cohecho. Se eleva el mínimo de dos a tres años de prisión para los funcionarios que reciban o soliciten dádivas o retribuciones. El máximo sigue en seis.
- Estafa a inversores. En este nuevo
delito incurrirán los administradores de sociedades que coticen en el mercado de valore
s y falseen sus balances o informaciones sobre sus recursos, actividades o negocios para captar inversores u obtener créditos o préstamos.- Se eleva la prescripción de los delitos fiscales. Se incrementa de cinco a diez años el plazo de prescripción de delitos contra la Hacienda Pública.
- Mayor facilidad para el decomiso d
e bienes procedentes de actividades delictivas. En la nueva regulación se establece la presunción de procedencia ilícita cuando el valor del patrimonio sea desproporcionado con
respecto a los ingresos legales.- Nuevos delitos contra la ordenación del territorio. Se amplían las obras ilegales y clandestinas objeto de este delito a las obras de urbanización.
- Medidas contra la complicidad en infracciones urbanísticas. Se perseguirá expresamente a las autoridades y funcionarios públicos que silencien las infracciones urbanísticas que observen en el ejercicio de sus funciones.
- Nuevos delitos informáticos. Se castigarán las conductas consistentes en borrar, dañar, deteriorar, alterar, suprimir o hacer inaccesibles datos o programas informáticos ajenos.
- Acoso laboral. Contempla pena de prisión de 6 meses a dos años para quienes, en el marco de cualquier actividad laboral, realicen actos de grave acoso psicológico u hostilidad que generen en la víctima sentimientos de humillación.